Redacción Alabrent
El confinamiento es una decisión efectiva para evitar la propagación del virus, por lo que el Gobierno ha ampliado la medida para reducir al máximo la movilidad de la población entre el 30 de marzo y el 9 de abril, quedando excluidos los trabajadores de actividades consideradas esenciales. Las empresas de AIFEC están consideradas esenciales tal y como recogen los apartados 2 y 5 del anexo del Real Decreto y no les resulta de aplicación el permiso retribuido recuperable.
Esta consideración se basa en que las empresas de etiquetas prestan servicios en la cadena de abastecimiento del mercado de bienes y servicios de primera necesidad, incluyendo alimentos, bebidas, alimentación animal, productos higiénicos, medicamentos, productos sanitarios o cualquier producto necesario para la protección de la salud, permitiendo la distribución de estos productos desde el origen hasta el destino final.
También en que deben mantener su actividad las empresas imprescindibles para el mantenimiento de las actividades productivas de la industria manufacturera que ofrecen los suministros, equipos y materiales necesarios para el desarrollo de las actividades esenciales.
En estos momentos tan complicados la sociedad agradece especialmente el esfuerzo de todas las personas que continúan trabajando para luchar contra el avance de la enfermedad. Desde el personal sanitario que está en primera línea, hasta los empleados de los supermercados, las farmacias, gasolineras, personal de limpieza, fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y, por supuesto, los trabajadores y las empresas de la cadena de abastecimiento de la industria de la alimentación y bebidas, los medicamentos, los productos sanitarios y, en general, los bienes de primera necesidad. Desde AIFEC queremos agradeceros a todos vuestro trabajo para que los demás podamos seguir en casa cumpliendo con el confinamiento sin que nos falte nada.